Declaran al distrito de Morropón
como “Cuna y Capital del Tondero y la Cumanana”
ORDENANZA REGIONAL Nº
006-2003-GOB.REG.PIURA-CR
EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL
PIURA
POR CUANTO:

CONSIDERANDO:
Que, el artículo 192 de la Constitución
Política del Perú de 1993 y su Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV
del Título IV sobre Descentralización, Ley Nº 27680, establece que es
competencia de los Gobiernos Regionales promover y regular actividades y/o
servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria,
comercio, turismo, energía, minería, red vial, comunicaciones, educación, salud
y medio ambiente, conforme a Ley;
Que, el artículo 10 de la Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales establece las Competencias exclusivas y compartidas que la
Constitución le asigna a los Gobiernos Regionales indicando, entre otras, la
difusión de la cultura y potenciación de todas las instituciones artísticas y
culturales regionales, asimismo el desarrollar circuitos turísticos que puedan
convertirse en ejes de desarrollo;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 457,
del 24 de agosto de 1993, el Instituto Nacional de Cultura declara como
Patrimonio Cultural de la Nación al Tondero por ser una expresión propia del
arte popular y del folkclore peruano que remonta sus orígenes a las vivencias
del pueblo, constituyendo su génesis en la jurisdicción del distrito de
Morropón, cálida y hospitalaria tierra, ancestral pueblo cuyo territorio albergó
a culturas como la Vicús y la Tallán;
Que, somos una nación con historia, con
expresiones culturales autóctonas y mestizas, con tradiciones y costumbres
entre las cuales resplandece con luz propia el tondero, surgiendo de la
espontánea creatividad de sus gentes, así la embajadora de la música peruana
Alicia Maguiña, la investigadora piurana Pina Zúñiga de Riofrío, la cultora del
Tondero, Zelmy Rey, y el narrador Carlos Espinoza León, entre otros, sostienen
que la cuna del tondero es Morropón;
Que, el distrito de Morropón ubicado en la
provincia de Morropón, departamento de Piura, tiene dos manifestaciones
culturales muy importantes, pues es la cuna de la danza denominada “Tondero”,
donde se simboliza un cortejo alegrado por una contagiosa música, donde destaca
como principal característica el despliegue de gracia y picardía de la mujer y
el hombre morropano y, asimismo, los particulares versos llamados “Cumananas”,
los cuales surgen de la curiosa manera de expresarse de la gente morropana, consistentes
en versos compuestos, por lo general, de cuatro renglones con los cuales se
suele responder, iniciar un contrapunto, expresar sentimientos y pareceres; y
que mediante Resolución Directoral Nº 077-93/DDC-INC del 21 de octubre de 1993,
el Instituto Nacional de Cultura declara a Morropón como la cuna y capital del
tondero; y,
Que, estando a lo acordado y aprobado por
unanimidad en Sesión Ordinaria Nº 07 del Consejo Regional Piura del veintiséis
de mayo del 2003 y, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta;
Ha dado la ordenanza Regional siguiente:
ORDENANZA PARA DECLARAR A
MORROPÓN COMO “CUNA Y CAPITAL DEL TONDERO Y LA CUMANANA”
Artículo Primero.- Declarar al distrito de
Morropón, en la provincia de Morropón, departamento de Piura, como “Cuna y
Capital del Tondero y La Cumanana” en mérito a legítimos derechos históricos y
culturales.
Artículo Segundo.- Declarar como
Patrimonio Cultural de la Región Piura a “La Cumanana” por ser expresión propia
del arte popular y del folkclore morropano.
Artículo Tercero.- “El Festival Nacional
del Tondero y la Cumanana” tradicionalmente se realizará cada año en el marco
de la Festividad de “Nuestra Señora de la Virgen del Carmen” Patrona de la
ciudad de Morropón.
Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza
entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El
Peruano.
Comuníquese al señor Presidente del
Gobierno Regional Piura para su promulgación.
En Piura, a los veintiséis días del mes de
mayo del año dos mil tres.
CÉSAR TRELLES LARA
Presidente del Consejo Regional Piura
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